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Vista general de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador. EFE/Archivo

El Supremo salvadoreño declara inconstitucional el impuesto a los movimientos bancarios

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de El Salvador declaró inconstitucional un impuesto a las transferencias bancarias superiores a 1.000 dólares por “vicios de forma” en su aprobación en el Congreso en 2014, informó hoy el Órgano Judicial.
“La razón fundamental para la declaración de inconstitucionalidad estriba en que no existió la posibilidad real de deliberación y discusión parlamentaria”, reza la resolución firmada por cuatro de los cinco jueces constitucionales.
Según los juzgadores, el decreto legislativo que aprobaron 44 de los 84 diputados del Congreso no fue conocido ni discutido plenamente por los parlamentarios antes de su votación a finales de julio de 2014.
“No puede haber un apropiado debate sobre aquello que no ha podido conocerse a profundidad y tampoco puede decidirse correctamente sobre tópicos cuya conveniencia o inconveniencia no ha podido ponderarse ni meditarse”, acotaron los magistrados.
El impuesto anulado establece una tasa del 0,25 % sobre las transacciones financieras superiores a 1.000 dólares hechas mediante cheques, tarjetas o transferencias electrónicas, excepto pagos salariales, remesas familiares, servicios públicos, aportes a fondos de pensiones o cuotas de préstamos, entre otras.
La suspensión del cobro del referido impuesto comenzará el próximo 1 de enero de 2019, para “evitar la posible situación de insolvencia en el presupuesto en ejecución que, a su vez, pueda afectar la consecución de políticas públicas y la protección de derechos fundamentales de naturaleza social”.
En la misma resolución los magistrados del Constitucional anularon una reforma al Código Tributario, que facultaba al Ministerio de Hacienda para publicar un listado de los deudores de impuestos, también por “vicios de forma”.
Con este impuesto, más otro que establecía el pago mínimo del Impuesto Sobre la Renta del 1 por ciento sobre los activos netos de empresas con más de 150.000 dólares de ventas al año y que fue anulado por el Constitucional en 2015, el Gobierno pretendía obtener unos 170 millones de dólares anuales.